CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN DE LA DIRECCIÓN ACADÉMICA DE LA CÁTEDRA DE CARNAVAL DE CÁDIZ 20 November 2024
El Reglamento UCA/CG03/2016, de 4 de mayo, del Régimen de las Cátedras Externas de la Universidad de Cádiz y otras formas de colaboración con empresas e instituciones, señala que la constitución de una Cátedra Externa requiere la firma de un convenio de colaboración específico entre la Universidad de Cádiz y la empresa o institución colaboradora (artículo 3).
Asimismo, el Reglamento requiere la creación de una Comisión de Seguimiento que vele por la correcta ejecución del convenio, así como asegure el seguimiento, el impulso y la mejora de sus actividades (art.6.1). Entre las funciones específicas de la Comisión de Seguimiento, el Reglamento le atribuye “la propuesta de renovación de la dirección académica de la Cátedra, “proponiendo los extremos de la Convocatoria, para su remisión al Rector de la UCA o al Vicerrector en quien delegue la competencia” (artículo 6.2.e).
Finalmente, el Reglamento especifica que la Dirección de una Cátedra externa recaerá “en un profesor/a doctor/a o en un investigador/a de la Universidad de Cádiz, que preferentemente ejerza su actividad a tiempo completo” (artículo 7.3), precisando el ejercicio de la Dirección “no supone cargo académico para su titular” (artículo 7.4).
De conformidad a lo señalado, el día 6 de abril de 2018 se firmó el Convenio Específico en materia de colaboración entre la UCA y el Aula de Cultura del Carnaval de Cádiz-Centro de Documentación para la creación de la Cátedra de Carnaval de Cádiz.
En dicho Convenio se “establecen las bases que habrán de regir la cooperación entre el Aula de Cultura del Carnaval de Cádiz-Centro de Documentación y la Universidad de Cádiz para el desarrollo de las actividades científicas, divulgativas y formativas en las áreas que integran el ámbito competencia de la Cátedra de Carnaval de Cádiz.”
Y entre sus principales actividades se mencionan:
a. La realización de cursos, seminarios, conferencia, jornadas, talleres o cualquier otra área de formación y difusión que sea adecuado, fuere cual fuere su denominación formal. Estas actividades se someterán, en su caso, al régimen de las enseñanzas propias de la Universidad de Cádiz, en los términos que en cada caso se acuerden.
b. El asesoramiento sobre las cuestiones propias de la colaboración entre las dos instituciones, en particular y si procede, el ayuntamiento y otras administraciones en los ámbitos de la museología y la museografía del futuro Museo del Carnaval o en otros aspectos para los que pudieran ser requeridas las dos instituciones.
c. La investigación, la transferencia y la innovación, en desarrollo de los proyectos y actividades que las partes decidan afrontar conjuntamente.
d. La colaboración con el Aula de Cultura de Carnaval-Centro de Documentación en actuaciones sobre su fondo bibliográfico y documental.
e. Cualesquiera otras en cuestiones afines a este Convenio, en los términos en que se acuerden en la Comisión de Seguimiento.
La Comisión de Seguimiento del Convenio de la Cátedra está compuesta de forma paritaria por dos miembros designados por el Aula de Cultura del Carnaval de Cádiz-Centro de Documentación y dos por la Universidad de Cádiz. A esta Comisión le corresponde disponer sobre el procedimiento de nombramiento del Director/a de la Cátedra, garantizando la celebración de una convocatoria pública en la que se garantice el respeto de los principios de igualdad, transparencia, mérito, capacidad y responsabilidad (art.6.2 del Reglamento)
La Comisión de Seguimiento está compuesta actualmente por los siguientes cargos:
Por parte de la Universidad de Cádiz:
· El Vicerrector de Títulos y Calidad de la Universidad de Cádiz.
· El Decano de la Facultad de Filosofía y Letras
Por parte del Aula de Cultura del Carnaval de Cádiz-Centro de Documentación
· La Vicepresidenta del Aula de Cultura del Carnaval de Cádiz, Dª Elena Merino
· La Socia del Aula de Cultura del Carnaval de Cádiz, Dª Dessiré Ortega
Recogiendo el acuerdo adoptado en el seno de la Comisión de seguimiento, celebrada el 10 de octubre de 2024, acordando el procedimiento establecido a continuación, se acuerda publicar la siguiente convocatoria pública para la provisión de la dirección académica de la Cátedra de Carnaval de Cádiz de la Universidad de Cádiz, de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de la presente convocatoria es la provisión de la dirección académica de la Cátedra de Carnaval de Cádiz de la Universidad de Cádiz, que tendrán las funciones señaladas en el Reglamento.
Son obligaciones de la Dirección de la Cátedra:
a. Representar a la Cátedra en todas las actividades que lo requieran, velando por el prestigio de las instituciones que los sustentan.
b. Elaborar y presentar la propuesta de Memoria anual de actividades de la Cátedra e informar sobre su ejecución, al final del año, sometiéndose a su aprobación por la Comisión de Seguimiento.
c. Ejecutar los acuerdos adoptados por la Comisión de Seguimiento.
d. Supervisar las actividades de la Cátedra y gestionar sus recursos económicos.
e. Ordenar, en los términos en que acuerde con el Vicerrectorado competente, las actividades de investigación y de formación colaborativa que se confíe a la Cátedra, según lo dispuesto en el convenio correspondiente.
f. Velar por el cumplimiento de la normativa de la Universidad de Cádiz en todas las actividades que emprenda la Cátedra y por la atención de los principios de actuación de las instituciones que colaboran a través de la misma.
g. La llevanza de la página web de la Cátedra de su responsabilidad, asegurando su actualización y su alineación con las normas y los principios de la Universidad de Cádiz en materia de transparencia.
h. Cualquier otra función establecida en los documentos de creación y funcionamiento de la Cátedra.
2. PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente convocatoria, cualquier profesor/a doctor/a o investigador/a de la Universidad de Cádiz a tiempo completo, de carácter permanente y adscrito a áreas de conocimiento afines a los objetivos de la Cátedra.
3. BAREMACION
Se establece el siguiente baremo para la selección de las posibles candidaturas, según los siguientes apartados y puntuaciones máximas:
I.CV del solicitante: hasta 50 puntos.
Desglose:
· Actividad docente: hasta 10 puntos.
· Actividad investigadora y de transferencia: hasta 30 puntos.
· Experiencia previa en cargos de gestión universitaria, distintos a la dirección de una Cátedra: hasta 5 puntos.
· Otros méritos: hasta 5 puntos.
II. Valoración de memoria plurianual de actividades afines a la cátedra: hasta 50 puntos.
Se valorarán particularmente los méritos relevantes que tengan relación con los objetivos de la Cátedra.
4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de han de presentar por CAU del Vicerrectorado de Títulos y Calidad (https://cau-titulosycalidad.uca.es/cau/servicio.do?id=y002) los siguientes documentos:
· Currículum Vitae en formato CVN, o similar.
· Memoria plurianual de actividades propuestas.
· Documentación acreditativa de los méritos reflejados en el CV, para su valoración por parte de la Comisión de Seguimiento (formato zip).
5. SELECCIÓN
La selección se llevará a cabo por la Comisión de seguimiento del Convenio constituida paritariamente, según queda reflejado en el preámbulo de la presente convocatoria.
6. CALENDARIO
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOUCA.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as (indicando causa de exclusión). A éstos últimos se les dará un plazo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación, para la subsanación de solicitudes.
Una vez resueltas las posibles subsanaciones presentadas, se procederá a la publicación del listado definitivo de candidaturas admitidas y excluidas.
Posteriormente, se procederá a la valoración y selección de las solicitudes por parte de la Comisión de Seguimiento, que podrá incluir en su caso una entrevista personal con los/las solicitantes admitidos/as.
Finalizada la valoración, se procederá a la publicación de la propuesta de provisión, desglosando la puntuación obtenida por todos los/las solicitantes, y con indicación la candidatura propuesta, que será la de mayor puntuación.
Contra la propuesta de provisión, los/las candidatos/as podrán interponer recurso de alzada ante el Rectorado previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se emitirá resolución definitiva del Director/a de la Cátedra y la propuesta de nombramiento al Rector de la Universidad de Cádiz.
7. DIFUSIÓN
Esta convocatoria se dará a conocer mediante Tavira y se publicará en las respectivas páginas web del Vicerrectorado de Títulos y Calidad y de la Facultad de Filosofía y Letras
En las mismas webs se publicarán el calendario, los listados (provisional y definitivo) de candidaturas y la propuesta de provisión.
El Vicerrector de Títulos y Calidad
Fdo.: Manuel Arcila Garrido